¿Quién paga?

El Fondo 1992 se financia mediante contribuciones recaudadas de toda persona (compañía u otra entidad) que haya recibido durante un año civil más de 150 000 toneladas de crudo o fueloil pesado (hidrocarburos sujetos a contribución) en un Estado Parte en el Convenio del Fondo de 1992. El receptor de hidrocarburos puede ser una autoridad gubernamental, una compañía estatal o una empresa privada.

A las personas que pagan contribuciones se las denomina contribuyentes.

El sistema de financiación del Fondo Complementario es similar al del Fondo de 1992, en el sentido de que también se financia mediante contribuyentes que durante un año civil hayan recibido más de 150 000 toneladas de hidrocarburos sujetos a contribución. Sin embargo, en este caso existe una cantidad mínima de un millón de toneladas por año para cada Estado Miembro del Fondo Complementario. Si en el territorio de un Estado Miembro no hay contribuyentes, o si la cantidad total de hidrocarburos recibidos por los contribuyentes es inferior a un millón de toneladas, el Estado Miembro es responsable de pagar las contribuciones correspondientes hasta un millón de toneladas.

¿Cómo se calculan las contribuciones?

Cada contribuyente paga una cuantía por tonelada recibida de hidrocarburos sujetos a contribución. La cuantía por tonelada se calcula dividiendo el total de las contribuciones a recaudar entre la cantidad total de hidrocarburos recibidos en todos los Estados Miembros durante el año civil de que se trate.

¿Para qué se utilizan las contribuciones?

El Fondo de 1992 recauda contribuciones anuales para hacer frente a los pagos de indemnización y a los gastos administrativos previstos para el año siguiente. Los órganos rectores –la Asamblea del Fondo de 1992 y la Asamblea del Fondo Complementario– deciden cada año la cuantía que se debe recaudar. El Fondo de 1992 cuenta con un Fondo General que cubre los gastos administrativos y el capital de operaciones fijado por la Asamblea. Si un siniestro da lugar a importantes pagos de indemnización y gastos relacionados con las reclamaciones, se establece un Fondo de Reclamaciones Importantes.

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¿Cuánto debe esperar pagar un contribuyente cada año?

No existen tarifas anuales fijas. Los pagos efectuados por el Fondo de 1992 por reclamaciones de indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos pueden variar considerablemente de un año a otro, lo que da como resultado fluctuaciones en el nivel de las contribuciones y de las cuantías por tonelada de hidrocarburos sujetos a contribución. En la sección de Indemnización se proporciona información sobre los siniestros que en la actualidad afectan a los FIDAC y los detalles de aquellos que cuentan con Fondos de Reclamaciones Importantes.

¿Cómo facturan los FIDAC si no se presentan informes sobre hidrocarburos?

La presentación de informes sobre hidrocarburos y el pago de contribuciones son esenciales para el correcto funcionamiento del régimen internacional de responsabilidad e indemnización. Se trata de un sistema de gran éxito, que cuenta con el apoyo tanto de los Estados Miembros como de los contribuyentes. No obstante, a fin hacer frente al pequeño número de Estados o contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones de presentar informes o pagar contribuciones, los órganos rectores de los FIDAC han adoptado varias resoluciones clave.

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Últimas contribuciones aprobadas por los órganos rectores

En noviembre de 2024, el Fondo 1992 decidió recaudar contribuciones para el Fondo General y los Fondos de Reclamaciones Importantes del Princess Empress, el Gulfstream y el Marine Honour. Se han emitido facturas a los contribuyentes para su pago antes del 1 de marzo de 2025.