Asambleas

El Fondo de 1992 y el Fondo Complementario cuentan, cada uno, con una Asamblea integrada por todos los Estados Contratantes del Convenio del Fondo de 1992 y el Protocolo relativo al Fondo Complementario, respectivamente. La Asamblea debe celebrar una sesión ordinaria cada año, por lo general en octubre, cuando elige a un presidente y a dos vicepresidentes, que ocuparán sus cargos hasta la siguiente sesión ordinaria. Se podrán celebrar sesiones extraordinarias cuando se considere necesario.

La Asamblea es el órgano supremo del Fondo pertinente y decide el presupuesto anual y las contribuciones a la Organización, aprueba los estados financieros, nombra al auditor externo, adopta el Reglamento interno y el financiero, determina qué entidades gozan del carácter de observador ante la Organización y, en general, desempeña las tareas necesarias para su buen funcionamiento. La asistencia de una mayoría simple de Estados Miembros constituye quórum para la Asamblea.

Consejos Administrativos

 

En lo que respecta a la Asamblea del Fondo de 1992, en los casos en que no se alcanza un quórum, se convoca un Consejo Administrativo para actuar en nombre de la Asamblea. El Consejo Administrativo requiere un quórum de 25 Estados Miembros. Debido al incremento del número de Miembros del Fondo de 1992 y a la ausencia en las reuniones de muchos Estados Miembros, el Consejo Administrativo del Fondo de 1992 ha tenido que actuar en nombre de la Asamblea en varias ocasiones durante los últimos años.

Con 32 Estados Miembros, hasta ahora la Asamblea del Fondo Complementario no ha tenido problemas para alcanzar el quórum. Sin embargo, en octubre de 2018 la Asamblea del Fondo Complementario observó que el quórum requerido seguramente aumentaría a medida que más Estados se sumaran al Protocolo del Fondo Complementario. Por consiguiente, dicha Asamblea adoptó una resolución que establece la creación de un Consejo Administrativo del Fondo Complementario, cuyo quórum se alcanzará con un tercio de los Estados Miembros.