El Tribunal Superior dicta sentencia a favor del Fondo de 1971 en el caso del Nissos Amorgos
El día de hoy, en una sentencia dictada en el Tribunal Superior (Tribunal Comercial) de Londres acerca de la petición del Fondo para impugnar la jurisdicción del Tribunal, el juez Hamblen falló a favor del Fondo de 1971.
El juez declaró que no existía un acuerdo entre el Gard Club y el Fondo de 1971 tal como se aducía y que no hubo intención de establecer relaciones jurídicas.
Por lo que se refiere a la cuestión de la inmunidad del Fondo de 1971, el juez decidió que el supuesto contrato no era ni un contrato de préstamo ni una transacción para la provisión de financiación que estuviese comprendido en el ámbito de la excepción de inmunidad de jurisdicción contemplada en la Orden de 1979 que implementa el Acuerdo relativo a la sede del Fondo de 1971. Por consiguiente, el Juez declaró que los tribunales de Inglaterra y Gales carecían de competencia sobre la reclamación del Gard Club contra el Fondo de 1971.
Se suministra aquí un documento que recoge una sinopsis y una copia de la sentencia. Este documento se examinará en la reunión del Consejo Administrativo del Fondo de 1971 que tendrá lugar en Londres la próxima semana.