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Manual de reclamaciones del Fondo de 1992             Edición de octubre de 2016









            2.3.2     La reclamación debe presentarse de forma   2.5 ¿CUÁL ES EL PLAZO
                 clara y con información y documentación   PARA LA PRESENTACIÓN DE
                 justificativa suficientes a fin de que
                 pueda evaluarse la cuantía de los daños.   UNA RECLAMACIÓN?
                 Cada apartado de una reclamación se     2.5.1     Los reclamantes deben presentar sus
                 deberá justificar mediante factura u otra   reclamaciones lo antes posible después de
                 documentación justificativa pertinente, como   producirse el daño. Si no es posible presentar
                 hojas de trabajo, notas aclaratorias, cuentas   oficialmente una reclamación poco después
                 y fotografías. Es responsabilidad de los    del siniestro, el Fondo de 1992 agradecerá
                 reclamantes presentar pruebas suficientes para   que se le notifique cuanto antes acerca
                 justificar sus reclamaciones. Es importante que   del propósito del reclamante de presentar
                 la documentación sea completa y precisa. Si es   una reclamación en una etapa posterior.
                 probable que haya una cantidad considerable   Los reclamantes deberán facilitar la mayor
                 de documentación para corroborar una        cantidad posible
                 reclamación, los reclamantes se pondrán en   de la información arriba detallada.
                 contacto con el Fondo de 1992 (o, en caso
       20        necesario, con el perito designado o la oficina   2.5.2     Los reclamantes perderán en última instancia
                 local de reclamaciones) lo antes posible    su derecho a la indemnización en virtud del
                 después de un siniestro para tratar sobre la   Convenio del Fondo de 1992 a menos que
                 presentación de la reclamación.             interpongan una acción judicial contra el
                                                             Fondo de 1992 dentro de un plazo de tres
            2.4   ¿QUÉ INFORMACIÓN                           años contados a partir de la fecha en que se
            DEBE FIGURAR EN UNA                              produjo el daño, o notifiquen oficialmente
            RECLAMACIÓN?                                     al Fondo de 1992 acerca de una acción
                                                             judicial contra el propietario del buque o su
                                                             asegurador dentro del plazo de tres años.
            2.4.1        En cada reclamación debe figurar la siguiente
                 información:                                De modo similar, los reclamantes perderán
                                                             su derecho a la indemnización por parte del
                   ●   El nombre y la dirección del reclamante    propietario del buque y su asegurador en
                   y de cualquier representante.             virtud del Convenio de Responsabilidad Civil,

                 ●   La identidad del buque implicado en el   1992 a menos que interpongan una acción
                   siniestro.                                judicial contra ellos dentro de un plazo de tres
                                                             años contados a partir de la fecha en que se
                 ●   La fecha, lugar y detalles específicos del
                                                             produjo el daño. Aunque el daño puede ocurrir
                   siniestro, si el reclamante los conoce, a   algún tiempo después del siniestro, la acción
                   menos que el Fondo de 1992 ya disponga    judicial debe, en ambos casos, interponerse
                   de la información.                        dentro de un plazo de seis años contados a

                 ●   El tipo de daños ocasionados por la     partir de la fecha del siniestro. Se recomienda
                   contaminación.                            a los reclamantes que soliciten asesoramiento
                                                             jurídico si no han podido alcanzar un acuerdo
                 ● La cuantía de la indemnización reclamada.
                                                             sobre sus reclamaciones, a fin de evitar que
            2.4.2     Puede que sea necesario presentar información   estas caduquen. Si se han tomado medidas
                 adicional para determinados tipos           para proteger la reclamación contra el Fondo
                 de reclamaciones (véase la sección 3).      de 1992, los derechos a una indemnización
                                                             adicional con cargo al Fondo Complementario
                                                             quedarán protegidos automáticamente.
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