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Sección 1: ¿Como funciona el régimen de indemnizaciÓn?
propietario del buque o su asegurador en virtud carga (normalmente un buque tanque). Los
del Convenio de Responsabilidad Civil, 1992. Convenios de 1992 comprenden no solo los
derrames de los hidrocarburos de carga y del
1.2.3 Si el importe total de las reclamaciones
reconocidas rebasa la cuantía total de la combustible (el propio combustible del buque)
indemnización disponible en virtud de los dos de buques tanque con carga, sino también,
Convenios de 1992, la indemnización pagadera a en ciertas circunstancias, los derrames del
cada reclamante se reducirá proporcionalmente. combustible de buques tanque sin carga.
Cuando haya riesgo de que surja este tipo de 1.3.2 Como ejemplos de hidrocarburos persistentes
situación, puede que el Fondo de 1992 tenga que de origen mineral se pueden mencionar
restringir las indemnizaciones a fin de garantizar los crudos de petróleo, el fueloil, el aceite
que todos los reclamantes reciban un trato por diesel pesado y el aceite lubricante. Estos
igual. El nivel de pagos puede incrementarse hidrocarburos normalmente se disipan
posteriormente si se reduce la incertidumbre lentamente de un modo natural cuando
sobre la cuantía total de las reclamaciones se derraman en el mar y suelen, por tanto,
reconocidas. esparcirse y requerir limpieza. Los daños
En virtud del Protocolo relativo al Fondo causados por derrames de hidrocarburos 13
Complementario – Pago por cuenta del no persistentes de origen mineral, como la
Fondo Complementario gasolina, el aceite diesel ligero y el queroseno,
1.2.4 El Fondo Complementario habilita una no se indemnizan en virtud de los Convenios.
indemnización adicional, de modo que la cuantía Tales hidrocarburos tienden a evaporarse
total de indemnización pagadera por un siniestro rápidamente cuando se produce un derrame y
cualquiera que dé lugar a daños en un Estado no requieren normalmente limpieza.
Miembro de dicho Fondo es de 750 millones de 1.4 ¿QUÉ TIPOS DE DAÑOS
DEG (1 047 millones de dólares de los EE.UU.), ESTÁN CUBIERTOS?
incluida la cuantía pagadera en virtud de los
Convenios de Responsabilidad Civil y del Fondo 1.4.1 Los Convenios de 1992 cubren los daños
de 1992. Una ventaja importante del Fondo ocasionados por contaminación, que se definen
Complementario es que, incluso en el caso de del siguiente modo:
los siniestros debidos a contaminación más “pérdidas o daños causados fuera del buque
graves, rara vez debería ser necesario reducir por la impurificación resultante de las fugas
proporcionalmente las indemnizaciones por o descargas de hidrocarburos procedentes de
daños debidos a contaminación en los Estados
Miembros de dicho Fondo: debería ser posible ese buque, dondequiera que se produzcan tales
que los reclamantes recibieran desde el principio fugas o descargas, si bien la indemnización
el 100 % de su reclamación de indemnización por deterioro del medio, aparte de la pérdida de
probada. beneficios resultante de dicho deterioro, estará
limitada al costo de las medidas razonables
1.3 ¿QUÉ TIPOS DE de restauración efectivamente tomadas o que
SINIESTROS ESTÁN vayan a tomarse.”
1.4.2 Los daños ocasionados por contaminación
CUBIERTOS? incluyen las medidas preventivas, que se
1.3.1 Los Convenios de Responsabilidad Civil definen en los Convenios de 1992 del siguiente
y del Fondo de 1992 cubren siniestros en modo:
los que se ha producido el derrame de “todas las medidas razonables que tome
hidrocarburos persistentes de origen mineral cualquier persona después de que se haya
procedentes de una nave apta para la producido un suceso a fin de evitar o reducir
navegación marítima construida o adaptada al mínimo los daños ocasionados por
para transportar hidrocarburos a granel como contaminación.”